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Capitanía General de Chile

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El Reino de Chile (Reyno de Chile), también conocido como Gobernación de Chile y después en 1789 como Capitanía General de Chile, fue un territorio ubicado en el borde suroccidental de América del Sur junto al Océano Pacífico, perteneciente al Imperio Español entre 1541 y 1818, año en el cual se independizó, convirtiéndose en el núcleo de la actual República de Chile. Su capital era la ciudad de Santiago.

Tabla de contenidos

[editar] Denominación

La expresión "Reino de Chile" (en grafía antigua, Reyno de Chile) fue fundamentalmente una denominación de índole geográfica. Desde la época de Felipe II, la documentación pública y privada y las leyes de Indias designaron usualmente a Chile de dicha manera.

En los primeros tiempos, la zona fue designada como "Nueva Extremadura" ("provincia de Nueva Extremadura"), nombre otorgado por el conquistador Pedro de Valdivia y mantenida hasta la muerte de Jerónimo de Alderete. Posteriormente, también llegaron a utilizarse otras denominaciones, no oficiales y menos extendidas, tales como "Flandes Indiano".

[editar] Historia

En 1536 Diego de Almagro formó una expedición para explorar los territorios al sur del imperio Inca que le habían adjudicado en 1534 como parte de la Gobernación de Nueva Toledo.

Pedro de Valdivia
Pedro de Valdivia

Luego de la muerte de Almagro, el conquistador español Pedro de Valdivia solicitó autorización a Francisco Pizarro para conquistar y poblar la provincia de Chile, quien se la concedió en abril de 1539, nombrándolo teniente de gobernador, de acuerdo a una real cédula de 1537, que lo facultaba para proseguir con la conquista de Nueva Toledo. Pedro de Valdivia llegó a las tierras del centro de Chile, y fundó el 12 de febrero de 1541, la ciudad de Santiago del Nuevo Extremo a los pies del Cerro Santa Lucía (Huelén en mapudungún). A los pocos meses Valdivia fue proclamado por el cabildo como Gobernador y Capitán General de Nueva Extremadura. Inicialmente lo rechazó, pero finalmente lo aceptó el 11 de junio de 1541.

En el año 1544 mandó a fundar la ciudad de La Serena, y posteriormente, Pedro de Valdivia extendió la Conquista de Chile hacia el sur, fundando diversas ciudades: Concepción en 1550, La Imperial en 1551, Villarrica y Valdivia en 1552, Los Confines y los fuertes de Arauco, Purén y Tucapel en 1553. Al otro lado de la cordillera, Pedro de Valdivia ordenó la fundación de Santiago del Estero en Tucumán. Otras ciudades fundadas durante los primeros años de la Gobernación fueron: Mendoza en 1561, San Luis, San Juan en 1562, Cañete, Castro en 1567 y Osorno en 1558.

En 1598, los mapuches se levantan y se produce el Desastre de Curalaba, lo que casi acaba con el intento de colonización de Chile. Las ciudades al sur del río Biobío son destruidas, a excepción de Castro y se establece este río como límite de facto entre la colonia española y los indígenas. En 1684 se refundó Valdivia y un siglo más tarde se creó la Intendencia de Chiloé, subordinada al Virreinato del Perú. La Guerra de Arauco (el conflicto entre mapuches y españoles) tendría, a lo largo de la colonia, diversas etapas de alta beligerancia y otras más pacíficas.

En 1810, el gobernador Mateo de Toro y Zambrano presentó su renuncia y se formó la primera Junta de Gobierno, iniciándose la Patria Vieja. La Constitución de Cádiz previó en 1812 el establecimiento de la Diputación Provincial de Chile, pero no pudo ser puesta en vigencia. Entre 1814 y 1817, se restableció el poder realista en el territorio durante la Reconquista, hasta la independencia definitiva de Chile.

Véase también: Historia de Chile

[editar] Límites

La extensión del territorio de la Capitanía General, de la Gobernación, o del Reino de Chile, como también se le denominaba en la documentación oficial, cuyo límite septentrional era el desierto de Atacama y el meridional era la zona al sur del Estrecho de Magallanes y el Cabo de Hornos, hacia la Terra Australis Incognita (Polo Sur), pasó por diversas etapas.[1]

En 1548, Pedro de Valdivia obtiene de Pedro de la Gasca, presidente de la Real Audiencia de Lima "por gobernación y conquista desde Copiapó, que está en 27 grados de altura de la línea equinoccial a la parte del sur, hasta 41 de la dicha parte, procediente norte sur derecho por meridiano, e de ancho entrando en la mar a la tierra hueste leste cien leguas". El rey Carlos I, al confirmar en 1552 el nombramiento de Pedro de Valdivia hecho por de La Gasca, fijó los límites de la Gobernación de Nueva Extremadura o Provincia de Chile: por el norte, el meridiano 27º de latitud sur; por el sur, meridiano 41º de latitud sur; por el oeste, el Mar del Sur; y por el este, una línea norte-sur a 100 leguas al oriente de la cordillera de los Andes, siguiendo las sinuosidades de la costa.[1]

Por petición de Valdivia, Carlos I extendió la gobernación hasta el Estrecho de Magallanes, por real cédula, aunque en el intertanto Pedro de Valdivia había muerto. Al conocerse esa situación, Jerónimo de Alderete fue nombrado sucesor de Valdivia, el 17 de octubre de 1554, sin embargo, falleció en el trayecto desde la Península Ibérica. Posteriormente, en una real comisión dictada por el gobernador García Hurtado de Mendoza a Pedro del Castillo, el 20 de noviembre de 1560 señaló: "[...] Por cuanto su Majestad por sus reales Provisiones me encargó la Gobernación de estas dichas Provincias de Chile de Norte a Sur desde el Valle de Copiapó hasta la otra parte del Estrecho de Magallanes, y de este-oeste ciento cincuenta leguas, como se lo dio y señaló por Gobernación al Adelantado Don Jerónimo de Alderete [...]". En esta época, la Gobernación o Capitanía General de Chile adquirió lo que sería su máxima extensión, que abarcaba el extremo sur de la Patagonia oriental.

En 1563, por real cédula dictada el 29 de agosto por el rey Felipe II, se dispuso separar la "gobernación de Tucumán, Juríes y Diaguitas de la dicha gobernación de Chile e incluirlas en el distrito de la dicha audiencia de Las Charcas". Luego, una real cédula de 1 de junio de 1570, a favor del adelantado Juan Ortiz de Zárate, modificó los límites meridionales de la Gobernación del Río de la Plata, de la que estaba separada por la cordillera de los Andes, 200 leguas hacia el sur, desde el paralelo 36° 57’ al 48° 21’ 15’’ de latitud sur. En la Recopilación de Leyes de Indias de 1680 se señalaban como territorio jurisdiccional de la Audiencia de Chile "todo el dicho Reyno de Chile, con las Ciudades, Villas, Lugares y tierras, que se incluyen en el gobierno de aquellas Provincias, assi lo que ahora está pacifico y poblado, como lo que se reduxere, poblare y pacificare dentro y fuera del Estrecho de Magallanes, y la tierra adentro, hasta la Provincia de Cuyo, inclusivé"; la misma recopilación señala que el distrito de la Audiencia de Lima era la "la Costa, que hay desde la dicha Ciudad, hasta el Reyno de Chile exclusivé, y hasta el Puerto de Payta inclusivé [...]".[2]

En 1767 el rey autorizó al virrey del Perú para que se hiciese cargo de la defensa de Chiloé y entregara su gobierno al militar que el mismo dispusiera. Esta anexión, en principio, tenía carácter transitorio, pues el decreto del virrey Amat señalaba que era sólo "por ahora y mientras duraren las operaciones que se van a emprender para su fortificación". En 1776, con la creación del Virreinato del Río de la Plata, se separó de Chile la provincia de Cuyo, al oriente de la cordillera de los Andes, al incluirse en él "los territorios de las ciudades de Mendoza y San Juan del Pico que estaban a cargo de la gobernación de Chile". En 1784 se creó la Intendencia de Chiloé, subordinada al Virreinato del Perú.

Tras el denominado Desastre de Curalaba de 1598, el área de control efectivo dentro del territorio del Reino de Chile, y donde se encontraban los mayores núcleos poblaciones, se ubicaba en la zona occidental de la Cordillera de los Andes, desde el desierto de Atacama y hasta el río Biobío, conocido como La Frontera, más la provincia de Cuyo, al oriente de la cordillera (separada en 1776; mientras Tucumán lo había sido en 1563), la ciudad-fuerte de Valdivia (hasta 1602, y luego desde 1740), Osorno (hasta 1602 y luego desde 1796), la Isla Grande de Chiloé (dependiente parcialmente del Virreinato del Perú desde 1767) y Juan Fernández (desde 1749).

Véase también: Fronteras de Chile

[editar] Organización

Al frente de la capitanía se encontraba el gobernador y capitán general, asesorado por la Real Audiencia, presidida por el mismo gobernador (razón por la cual se le denominaba indistintamente presidente o gobernador). La Audiencia, además de servir de órgano consultivo del gobernador, tenía las funciones de tribunal de apelaciones del reino.

El rey Felipe II sujetó al gobernador a la vigilancia del virrey del Perú, al expresar en una real cédula del 21 de enero de 1589: "Que el Governador de Chile esté subordinado al Virrey de Lima, y le correspondan en las materias de su cargo" y debía "guardar, cũplir, y executar sus ordenes, y avisarle de todo lo que allí se ofreciere de consideración". A partir de dicha norma, los virreyes entendieron que la relación entre ambos era de efectiva dependencia, sin embargo, en algunos casos la relación del gobernador fue directa con el rey y en otras pasó por el virrey del Perú. La base de la relación es la real cédula antes mencionada, no obstante, hubo otras posteriores que perfilaron el tipo de relación efectiva entre la capitanía y el virreinato. Por ejemplo, mediante real cédula, se autorizó a los virreyes a intervenir en Chile sólo en caso "alboroto y tumulto"; se facultó a los virreyes a poner en práctica estrategias militares en la guerra de Arauco (guerra defensiva) y después se ordenó directamente al gobernador de Chile a implantarlas (guerra ofensiva). También se facultó a los virreyes para remover al gobernador y posteriormente, se negó tal atribución.

La Recopilación de Leyes de Indias de 1680, en la Ley XXX (Que el Virrey del Perú y Audiencia de Lima no se entrometan en el govierno de Chile, si no fuere en casos graves, y de mucha importancia) del Título III (De los Virreyes, y Presidentes Governadores) del Libro III, recoge el contenido de una real cédula del rey Felipe III, de 15 de octubre de 1597, que establecía que "Es nuestra voluntad, que los Virreyes del Perú, y Audiencia de Lima no impidan, ni embaracen al Presidente Governador y Capitan general de Chile en el govierno, guerra y materias de su cargo, si no fuere en casos graves, y de mucha importancia, aunque esté subordinado al Virrey, y Governador de la Audiecia de Lima".[3]

Respecto a los recursos militares (armas, soldados, etc.) y el abastecimiento comercial, la capitanía dependió del virreinato. La administración de justicia de la capitanía era autónoma del virreinato, salvo respecto de la Inquisición, que correspondía a un delegado de Lima, y los juicios de comercio que dependieron del Consulado de Lima hasta 1795, fecha en la se crea un Consulado en Santiago. En lo gubernativo la relación fue fluctuante, dependiendo del periodo, las instrucciones que enviaba el rey e incluso las personalidades de las respectivas autoridades (virreyes y gobernadores) y no hubo nunca una anexión formal de la capitanía al virreinato. Además, en ciertos periodos, por cuestiones estratégicas de seguridad del virreinato — por ejemplo, ante amenazas de corsarios— los virreyes intervinieron directamente en el gobierno de Chile, incluso por propia iniciativa. Asimismo, algunos gobernadores acostumbraron consultar o pedir instrucciones sobre temas urgentes al virrey, por la gran distancia que los separaba del rey, que se encontraba en España.

Finalmente, en 1798, a propósito de una disputa entre el virrey O'Higgins y el gobernador Avilés, el rey Carlos IV resolvió en una comunicación dirigida al virrey, el 15 de marzo de aquél año, declarar a Chile "independiente de ese virreinato, como siempre debió entenderse".

[editar] Organización eclesiástica

El 27 de junio de 1561 fue erigida la Diócesis de Santiago de Chile, sufragánea de la Arquidiócesis de Lima.

El 22 de marzo de 1563, el papa Pablo IV erigió la Diócesis de San Miguel de La Imperial mediante la bula Súper Specula, abandonada en el año 1600 debido a la destrucción de la ciudad por las luchas provocadas por la Guerra de Arauco, fue trasladada a Concepción en 1603, tomando el nombre de Diócesis de Concepción, también sufragánea de Lima.

El 10 de mayo de 1570 fue erigida la Diócesis del Tucumán con territorios separados de la jurisdicción de la Diócesis de Santiago de Chile. Fue sufragánea de Lima hasta la erección de la Archidiócesis de Charcas el 20 de julio de 1609.

[editar] Referencias

  • Barros Arana, Diego (1897), Historia General de Chile, Santiago de Chile: Imprenta Cervantes. Tomos I-V.
  • Campos Harriet, Fernando (1999), Historia Constitucional de Chile, Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile. Séptima edición, 2005. ISBN 956-10-0405-4.
  • Campos Harriet, Fernando (1966), ¿Por qué se llamó Reino a Chile?, Santiago de Chile: Editorial Andrés Bello.
  • Carvallo Goyeneche, Vicente (1875), Descripción-histórico-jeográfica del Reino de Chile por Vicente Goyeneche Carvallo precedida de una biografía del autor por don Miguel L. Amunátegui, Santiago de Chile: Imprenta de "La Estrella de Chile". Tomos I, II y III, en Colección de Historiadores de Chile y documentos relativos a la Historia Nacional. Tomo IX, X y XI [3] [4] [5].
  • Encina, Francisco (1984), Historia de Chile desde la Prehistoria hasta 1891, Santiago de Chile: Editorial Ercilla. ISBN 956-10-1405-X.
  • Eyzaguirre, Jaime (2000), Breve Historia de las Fronteras de Chile, Santigo de Chile: Editorial Universitaria. ISBN 956-11-1356-2. 28ª edición.
  • Lacoste, Pablo (2002): «La Guerra de los mapas entre Argentina y Chile: una mirada desde Chile», en Historia, vol. 35. ISSN 0717-7194 [6]
  • Ravest Mora, Manuel (2005): «La Patagonia Oriental según una Real Cédula de 1570 menospreciada por la historiografía chilena», en Historia, vol. 38. ISSN 0717-7194 [7]

[editar] Notas

  1. ↑ a b Tagle Martínez, Hugo: «Segunda Parte. Chile Hispánico», en Curso de Historia del Derecho Constitucional. Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile, 1996. ISBN 956-10-1139-5
  2. ↑ Recopilación de las Leyes de Indias (1680), Titulo Quince. De las Audiencias y Chancillerias Reales de las Indias. [1].
  3. ↑ Recopilación de las Leyes de Indias (1680), Titulo Tercero. De los Virreyes, y Presidentes Governadores. [2].

[editar] Véase también

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