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Consulado del Mar

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Llotja de la Seda, en Valencia, sede des del 1498.
Llotja de la Seda, en Valencia, sede des del 1498.

El Consulado del Mar era una institución jurídico-mercantil medieval formada por un Prior y varios Cónsules cuya jurisdicción era similar a los actuales tribunales mercantiles. El origen de la institución es mediterráneo, siendo el primero el de Trani (Italia), de 1063, extendiéndose la institución rápidamente a Pisa, Mesina, Chipre, Constantinopla, Venecia, Montpellier, Valencia (1283), Mallorca (1343), Barcelona (1347), Perpiñán y Malta (siglo XVII).[1] Actualmente existe un Consulado del mar de Barcelona que es parte de la Cámara de Comercio de Barcelona, cuya misión es arbitrar en conflictos de carácter mercantil:

Artículo 1. El Consulado de Mar
En las controversias y desavenencias de carácter mercantil surgidas entre empresarios, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona ejerce las funciones arbitrales y de sistemas alternativos de resolución de conflictos por medio del Consulado de Mar.

No se debe confundir, como hacen muchos autores, el Consulado del mar como institución, con la recopilación de normas, usos y costumbres del comercio marítimo conocida como Libre del Consolat de Mar.

Tabla de contenidos

[editar] Antecedentes

Dominios y puertos principales aragoneses en el Mediterráneo
Dominios y puertos principales aragoneses en el Mediterráneo

La secular tradición comercial y marítima de los reinos costeros de la Corona de Aragón impulsó una expansión hacia todos los rincones del Mediterráneo y más allá, llegando hasta el Atlántico (siglo X)[cita requerida]. Esta expansión dio como resultado un serie de rutas que partían del puerto de Barcelona hacia todos los puertos conocidos (siglo XIII. Aunque las rutas en varias, las cinco principales eran:

Esta actividades tan complejas y con tantos intereses comerciales, hicieron crecer a los órganos rectores de defensa y resolución de litigios, desde la agrupación de comerciantes y armadores para la defensa del puerto hasta el derecho de las mercancías, naves, rutas, puertos, sueldo de los marineros, seguros, naufragios.... con el añadido de asegurar el tránsito de las naves por las rutas comerciales, frecuentadas por piratas sarracenos o corsarios genoveses y venecianos.

[editar] Sedes de los Consulados del Mar

El crecimiento de la actividad mercantil portuaria en la segunda mitad del siglo XIII hizo conveniente la creación de la institución del "Tribunal del Consolat de Mar", por privilegio de Pedro I, concedido a la ciudad de Valencia en 1283,[2] [3] quien dispuso que se rigiese por las costumbres de mar que estaban vigentes en Barcelona.[4]

[editar] En la Corona de Aragón

[editar] Organizaciones marítimas similares en la Corona de Castilla

  • 1494 Fundación de la Universidad de Mercaderes y Consulado de Burgos conocida como Consulado de Burgos que sustituye a la Universidad de Mercaderes de Burgos. Esta organización sustituye a la Hermandad de las marismas.[5]
  • 1511 La Universidad e Cofradía de los mercaderes e maestres de la villa de Bilbao o Cofradía de mareantes de Bilbao pasa a denominarse Consulado, Casa de Contratación, Juzgado de los hombres de negocios de mar y tierra y Universidad de Bilbao, o, de forma resumida, Consulado de Bilbao.[5]
  • 1543 Fundación del Consulado de mercaderes de Sevilla.[6]
  • 1682 Fundación del Consulado de San Sebastián.[7]
  • 1783 se crea el llamado Consulado de Mar y Tierra de la muy noble y muy leal ciudad de Santander
  • 1785 Fundación del Consulado del Mar de Málaga.[8]
  • 1785 se crea el Real Consulado de La Coruña.

[editar] En otras ciudades mediterráneas

[editar] Consecuencias

La expansión y supremacía comercial y marítima de la Corona de Aragón, con los Consulados del Mar por toda Europa, tuvo como consecuencia que la compilación de derecho marítimo hecha en Barcelona con el nombre de Libro del Consulado del mar, transcendiera las fronteras políticas en todo el Mediterráneo y el levante del Atlántico. El Libro del Consulado del mar, elaborado sobre las bases de las costumbres marítimas mediterráneas,[11] fue compilado entre 1260 y 1270 y su redacción definitiva es de 1350.

Con la llegada de la imprenta, en 1484 se realizó la primera edición en Valencia. Escrito originariamente en catalán, el Libro del Consulado del Mar se tradujo al italiano, francés, inglés, castellano y a otras lenguas ya que durante siglos fue la base de la legislación naval mercantil en numerosos países, incluso en tiempos modernos.

Con los Decretos de Nueva Planta (1707-1716), fueron suprimidos todos los Consulados del Mar en la Corona de Aragón, excepto en Mallorca y Barcelona. Este último, no llegó a actuar normalmente por la injerencia de las leyes borbónicas [cita requerida]. Las normas del Libro del Consulado del Mar estuvieron vigentes en España hasta 1829, fecha en la que fueron sustituidas por el código de comercio español, inspirado en la legislación francesa.

[editar] El Libre del Consolat de Mar o Libro del Consulado del Mar

Aunque parece claro que el origen del libro es Barcelona, y que la primera redacción fue hecha en catalán, este ha sido un tema controvertido, en el que tres países se disputaron la gloria de ser los primeros en redactarlo: Francia (Marsella), España (Barcelona y Tortosa) e Italia (Pisa).[1]

A finales del siglo XVIII, A. Capmany y Monpalau deduce tras estudiar el tema que el libro del Consulado del Mar había sido escrito en Barcelona entre 1258 y 1266. Aceptando la influencia pisana, rebatió los argumentos que le daban un origen italiano. En la misma éroca, el sardo Domenico Azuni argumenta en favor del origen pisano, planteando que, al ser Pisa la primera potencia marítima de la época, forzosamente debía tener su legislación marítima. El francés Pardessus en su estudio Collection de lois maritimes anterieures au XVIII siècle discrepa de Azuni, considerando que la primera copia no es la latina que este había estudiado, sino que estaba escrita en catalán. Concluye que se redactó en Barcelona, pero entre 1340 y 1400, discrepando en este punto de Capmany. Más tarde, Wildscut, teniendo en cuenta que la compilación original no hace ninguna referencia a las Letras de cambio deduce que es anterior a la primera mitad del siglo XIII.[1]

El mérito del libro del Consulado del Mar o Llibre del Consolat de Mar es que es la primera obra que recopila las leyes y costumbres marítimas dispersas de los derechos romano, griego, bizantino, rodio, italiano, francés y español.[11]

Al establecer el rey Pedro III de Aragón el primer consulado del mar de España en Valencia, ordenó que este aplicase los usos y costumbres marítimos de Barcelona, que se llamaban costumes de mar. También en Barcelona existían otras normas marítimas denominadas Ordinacions de Ribera, que eran lo que hoy se llamaría 'Normas de Policía del Puerto y Aguas Litorales.

Hasta la redacción de l’Ordonnance de la Marine en Francia en 1681,[12] el Libro del Consulado del Mar fue un código de derecho marítimo vigente en todo el Mediterráneo. En España siguió en uso hasta la implantción del Código de Comercio. Antes de su compilación, se utilizaban como código marítimo las Tablas Amalfitanas, que eran, como él, un conjunto de reglas para regular el comercio marítimo redactadas en Amalfi,[13] y que se vieron sustituidas por él.


[editar] Edición barcelonesa de 1494 (Prefacio de Francesc Celelles)

La parte I consiste en 43 capítulos que prescriben los métodos para escoger los Cónsules del Mar y los Jueces de Apelación en Valencia, las competencias jurídicas de cada uno, y las regulaciones procedimentales de las adjudicaciones de casos llevados ante ellos. Los artículos 44 y 45 fueron descartados, probablemente por ilegibles, y se referían a cargamentos en dirección a Alejandría[14]

La parte II consistía en los artículos del 46 al 334 de las leyes del año 1343. La primera área, del artículo 46 hasta el 297, se ocupa de las costumbres generalmente aceptadas del comercio marítimo, mientras que la segunda área, artículos del 298 hasta al 334, se ocupa del corso, pirateo, expediciones de fuerzas navales armadas, convoys, seguro marítimo, letras de cambio, y otras materias diversas. Al manuscrito original en la Bibliotheque Nationale en Paris, la siguiente inscripción aparece al final del artículo 217: "El llibre acaba aquí. Gloria a Jesus Cristo. Amen"[14]

Existen varias copias manuscritas medievales, si bien uno de los ejemplos más bellos desde el punto de vistas artístico es el códice del "Consolat del mar" con miniaturas de Domingo Crespi realizadas en 1407, conservado el el Archivo Histórico Municipal de Valencia.[15] [16]

[editar] Primeros abogados

El Artículo 43 prescribe el juramento de oficio para los abogados de Mallorca, decretado por Jaime I de Aragón, y promulgado antes del año 1275. No se sabe ni cuando ni por quien fue impuesto este juramento a los abogados de Barcelona y otras ciudades.[14]

[editar] Otras ediciones

Una de las más completas es la de 1914 debida a Moliné y Brasés que no recoge solo la antiguas costumbres anteriores a la primera compilación, habiendo sido completado con aportaciones posteriores. Contiene:[1]

  • El reglamento de los cónsules de mar de Valencia. (1 a 45)
  • Las costumbres marítimas de Barcelona (46 a 297)
  • Las ordenaciones para buques armados que vayan al corso y para armadas que salgan a la mar (298 a 334)
  • El cronicón de las promulgaciones.
  • Los capítulos del Rey Don Pedro (1 a 40)
  • Las ordenaciones de los conselleres de Barcelona para el Consulado del Mar de Sicilia
  • Las ordenaciones de los conselleres de Barcelona sobre hechos marítimos del 21 de noviembre de 1435
  • Leyes y ordenaciones del Recognoverunt Proceres sobre casos marítimos y mercantiles.
  • Las ordenaciones de los conselleres de Barcelona sobre seguros marítimos.
  • Los capítulos y ordenaciones de la Corte General del Capítulo general de Barcelona del 8 de octubre de 1481.

[editar] Referencias

[editar] Enlaces externos

Commons

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