Instituto Nacional de EstadÃstica, GeografÃa e Informática
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El Instituto Nacional de EstadÃstica, GeografÃa e Informática (INEGI) es una dependencia del gobierno mexicano, es un órgano desconcentrado de la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dotado de autonomÃa técnica y administrativa, lo que le da la flexibilidad necesaria para la consecución de su objetivo básico, que es coordinar los sistemas y servicios nacionales de EstadÃstica y de Información Geográfica, asà como producir la información estadÃstica y geográfica de interés nacional.
Creada por decreto presidencial, el 25 de enero de 1983 la Coordinación General de los Servicios Nacionales de EstadÃstica, GeografÃa e Informática pasa a ser el Instituto Nacional de EstadÃstica, GeografÃa e Informática, dependencia subordinada a la entonces SecretarÃa de Programación y Presupuesto.
Su establecimiento fue la respuesta del Gobierno de la República para garantizar la mejora sustancial en la calidad y homogeneidad de la información, y además, hacer posible unir esfuerzos de las diferentes instancias y niveles de gobierno, en la integración de un sistema nacional que amplió los alcances que puede tener el uso de la información estadÃstica y geográfica en la instrumentación del plan nacional y de los programas sectoriales y regionales de desarrollo. Lo anterior, bajo la perspectiva de que a finales de los años 70, México no contaba con la suficiente información precisa y detallada sobre la estructura y crecimiento de la economÃa nacional que le permitiera planear su desarrollo. El objetivo básico del INEGI es coordinar los Sistemas Nacionales EstadÃstico y de Información Geográfica y brindar el servicio público de información estadÃstica y geográfica sobre el territorio, la población y la economÃa de México.
Es la institución encargada de realizar los censos poblacionales cada década, asà como los censos económicos cada cinco años. El trabajo de recopilación de información estadÃstica del instituto incluye producto nacional mensual, encuestas de confianza de los consumidores, muestras de proporción de comercios,recopilar estadÃsticas de ocupación y empleo, de violencia intrafamiliar y de pareja y muchos trabajos más que dan el fundamento para diversas instituciones gubernamentales para sus estudios y proyecciones.
La sede central del instituto está ubicada en la ciudad de Aguascalientes, en el Estado de Aguascalientes, México. Esta localización fue elegida con base en la baja probabilidad de eventos naturales catastróficos, asà como por la estimación de bajo nivel de peligro en caso de un ataque armado al paÃs.
Tabla de contenidos |
[editar] Misión
Generar, integrar y proporcionar información estadÃstica y geográfica de interés nacional, asà como normar, coordinar y promover el desarrollo de los Sistemas Nacionales EstadÃstico y de Información Geográfica, con objeto de satisfacer las necesidades de información de los diversos sectores de la sociedad.
[editar] Visión 2025
México pertenece al grupo de paÃses que basan su desarrollo en el uso de la información y en el conocimiento organizado y diseminado electrónicamente al contar con un Sistema Nacional de Información EstadÃstica y Geográfica sustentado en una Red Nacional de Información, que facilita la toma de decisiones de todos los sectores de la sociedad con base en información oportuna y confiable.
El INEGI es responsable de coordinar el Sistema Nacional de Información EstadÃstica y Geográfica, asà como la Red Nacional de Información.
[editar] Funciones
La LIEG y el Reglamento Interno de la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público, a través de su artÃculo 100°, le confieren al Instituto ciertas responsabilidades, entre las que sobresalen:
[editar] En materia estadÃstica
- Generar estadÃsticas económicas, demográficas y sociales de interés nacional, con base en el levantamiento de censos, encuestas y la explotación de registros administrativos.
- Realizar investigaciones y estudios estadÃsticos.
- Identificar aquellas estadÃsticas que deban ser elaboradas en los ámbitos sectorial y regional para el desarrollo del Sistema Nacional EstadÃstico (SNE).
- Emitir los criterios que se requieran para dar homogeneidad a los procesos de producción de información estadÃstica y su presentación.
- Promover la organización y desarrollo de sistemas de contabilidades sectoriales y estatales en materia económica.
- Verificar la información estadÃstica generada por las unidades del SNE.
- Planear, promover y operar la organización y desarrollo de un sistema integrado de contabilidad nacional económica.
(comentario) **** falta poner cifras aproximadas , seria muy útil..
[editar] En materia de GeografÃa
- Establecer las polÃticas, normas y técnicas para uniformar la información geográfica del paÃs.
- Realizar investigaciones y estudios en materia geográfica y cartográfica.
- Instituir y dirigir el Registro Nacional de Información.
- Efectuar los trabajos cartográficos que sean necesarios para el cumplimiento de tratados o convenios internacionales, en la definición y demarcación de lÃmites internacionales, incluyendo la Zona Económica Exclusiva.
- Autorizar la toma de fotografÃas aéreas con cámaras métricas o de reconocimiento y de otras imágenes por percepción remota, asà como la realización de estudios y exploraciones geográficas que realicen personas fÃsicas o morales extranjeras.
- Verificar la información geográfica generada por las unidades del Sistema Nacional de Información Geográfica (SNIG)
- Establecer las normas, polÃticas y técnicas que deberán observarse para el desarrollo de proyectos de información cartográfica y catastral, asà como planear, organizar, dirigir y controlar las actividades en materia de cartografÃa catastral ejidal.
- Coordinar el establecimiento y la consolidación de un sistema cartográfico digital.
[editar] En materia de Innovación y TecnologÃas de Información
- Emitir los lineamientos que, en materia de informática, deberán observar las dependencias y entidades de la APF, en su carácter de integrantes de los Servicios Nacionales de EstadÃstica y de Información Geográfica y los Sistemas Nacionales EstadÃstico y de Información Geográfica.
Dentro de la Información Geográfica se cuenta con los sistemas de datos generales como son: Fauna, Información Hidrológica, EdafologÃa (tipos de suelo), FisiografÃa, GeologÃa, y los polÃgonos que comprenden nuestro territorio en los mares. También Cuenta con distintos sistemas de consulta, como son mapas digitales, consulta en lÃnea y venta de ortofotos, núcleos agrarios (cartografÃa ejidal).
En la página del Instituto es posible consultar algunos de los resultados obtenidos a través de todos los proyectos, ya que una de las funciones es también la difusión de la información. Algunos de los resultados, principalmente los contenidos en publicaciones son para su venta al pública, e incluso se ha desarrollado un sistema de consulta geoestadÃstica llamado IRIS que agrupa gran parte de la información obtenida sobre mapas generados por el INEGI.
Asà mismo, el INEGI preocupado por el uso y aprovechamiento de la información geográfica, impulsa y liderea un proyecto interinstitucional de acceso distribuido de datos geográficos Atlas Nacional Interactivo de México, de tal forma que el usuario de Internet pueda, desde un sólo sitio acceder a la información producida por las instituciones del gobierno federal y gobiernos estatales asà como en todo el pais esto incluye solo a mexico
[editar] Antecedentes Históricos
Era Moderna de la EstadÃstica en México
Hechos históricos de la estadÃstica en México:
- El 18 de abril de 1833. Se fundó la Sociedad Mexicana de GeografÃa y EstadÃstica con el apoyo de varias instituciones del gobierno y con el decidido apoyo de don ValentÃn Gómez FarÃas. Fue la primera en América y la cuarta en el mundo en su especialidad. Encargada de las primeras investigaciones de fisiografÃa del territorio mexicano, sus recursos naturales, su producción y su potencial de desarrollo. También se incluyó en su estudio la población en sus aspectos demográficos, étnicos y lingüÃsticos. Actualmente aún existe esta sociedad con un caratcter de coolaboración entre diferentes instancias nacionales e internacionales.
- 1882. Se crea la Dirección General de EstadÃstica (DGE).
- 1895. Se levanta el primer Censo de Población.
- 1922. Se crea el Departamento Autónomo de la EstadÃstica Nacional (DAEN).
- 1930. Se realiza el primer Censo AgrÃcola y Ganadero y el primer Censo Industrial.
- 1932. Desaparece el Departamento Autónomo de la EstadÃstica Nacional para ser nuevamente Dirección General de EstadÃstica.
- 1958. La DGE pasa a depender de la SecretarÃa de Industria y Comercio.
- 1968. Se constituye la Comisión de Estudios del Territorio Nacional.
- 1970. Se integran a la DGE las funciones del Departamento de Muestreo de la SecretarÃa de Industria y Comercio.
- 1976. Se crea la Coordinación de Integración y Análisis de la Información (CIAI)
Se crea la Dirección General de Sistemas y Procesos Electrónicos (DGSPE) dependiente de la Coordinación General del Sistema Nacional de Información.
- 1977.La DGE pasa a formar parte de la Coordinación General del Sistema Nacional de Información (CGSNI) de la SPP.
- 1980. La Coordinación General de Servicios Nacionales de EstadÃstica GeografÃa e Informática (CGSNEGI) sustituye a la CGSNI.
La Coordinación General de los Servicios Nacionales de EstadÃstica, GeografÃa e Informática (creada por decreto presidencial) pasó a ser el Instituto Nacional de EstadÃstica, GeografÃa e Informática el 25 de enero de 1983 como dependencia subordinada a la entonces SecretarÃa de Programación y Presupuesto (SPP).
A finales de la década de los 70, México no contaba con la suficiente información, precisa y detallada, sobre la estructura y crecimiento de la sociedad y la economÃa nacionales, asà como de su territorio, que le permitiera planear el desarrollo del paÃs; por ello, el Instituto fue establecido como respuesta del gobierno de la República para garantizar la mejora en la calidad y homogeneidad de dicha información, con la premisa de que funcionarÃa coordinando y uniendo los esfuerzos de las diferentes instancias y niveles de gobierno en la integración de un sistema nacional, el cual ampliarÃa los alcances de la información en la aplicación del plan nacional y de los programas sectoriales y regionales de desarrollo.
Tras el surgimiento del INEGI:
- Se emitió la Ley de Información EstadÃstica y Geográfica.
- Se definió el valor de la información estadÃstica y geográfica, bajo la relación información-planeación.
- El INEGI se consideró el órgano rector de los Sistemas Nacionales EstadÃstico y de Información Geográfica.
- El Instituto se vigorizó al constituirse en un órgano desconcentrado de la SPP.
- La Dirección General de EstadÃstica se fortaleció con la integración del Sistema de Cuentas Nacionales de México al Instituto.
De 1983 a 1988 se crearon las 10 direcciones regionales (DR) y las 34 coordinaciones estatales (CE):
- DR Noreste, noviembre de 1983 (CE en Nuevo León, Coahuila de Zaragoza y Tamaulipas).
- DR Norte, noviembre de 1984 (CE en Durango, Chihuahua y Zacatecas).
- DR Noroeste, febrero de 1984 (CE en Sonora, Sinaloa, Baja California y Baja California Sur).
- DR Occidente, julio de 1984 (CE en Jalisco, Colima, Michoacán de Ocampo y Nayarit).
- DR Centro Norte, agosto de 1984 (CE en San Luis PotosÃ, Guanajuato, Querétaro Arteaga y Aguascalientes).
- DR Centro Sur, abril de 1984 (CE en estado de México, Guerrero y Morelos).
- DR Oriente, septiembre de 1984 (CE Puebla, Hidalgo, Tlaxcala y Veracruz de Ignacio de la Llave).
- DR Sur, junio de 1984 (CE en Oaxaca, Chiapas y Tabasco).
- DR Sureste, junio de 1984 (CE en Yucatán, Campeche y Quintana Roo).
- DR Centro, enero de1985 (CE en el Distrito Federal).
En septiembre de 1985, la ciudad de México sufrió un terremoto que ocasionó serios daños a la planta fÃsica del Instituto, obligando a suspender labores por 10 dÃas. Por ello, se establecieron planes para su descentralización, cuyo principal promotor fue la SPP. Bajo la demanda nacional de descentralizar instituciones, se realizó un profundo estudio de viabilidad y las oficinas sede del INEGI se comenzaron a reubicar en la ciudad de Aguascalientes, en 1986.
En fecha más reciente, el 14 de marzo de 2006 se reformaron los artÃculos 26 y 73, fracción XXIX-D de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, que otorgaron la autonomÃa al Instituto y donde se establece:
ArtÃculo 26
A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economÃa para la independencia y la democratización polÃtica, social y cultural de la Nación.
Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.
La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución.
En el sistema de planeación democrática, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la ley.
B. El Estado contará con un Sistema Nacional de Información EstadÃstica y Geográfica cuyos datos serán considerados oficiales. Para la Federación, estados, Distrito Federal y municipios, los datos contenidos en el Sistema serán de uso obligatorio en los términos que establezca la ley.
La responsabilidad de normar y coordinar dicho Sistema estará a cargo de un organismo con autonomÃa técnica y de gestión, personalidad jurÃdica y patrimonio propios, con las facultades necesarias para regular la captación, procesamiento y publicación de la información que se genere y proveer a su observancia.
El organismo tendrá una Junta de Gobierno integrada por cinco miembros, uno de los cuales fungirá como Presidente de ésta y del propio organismo; serán designados por el Presidente de la República con la aprobación de la Cámara de Senadores o en sus recesos por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
La ley establecerá las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Información EstadÃstica y Geográfica, de acuerdo con los principios de accesibilidad a la información, transparencia, objetividad e independencia; los requisitos que deberán cumplir los miembros de la Junta de Gobierno, la duración y escalonamiento de su encargo.
Los miembros de la Junta de Gobierno sólo podrán ser removidos por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en instituciones docentes, cientÃficas, culturales o de beneficencia; y estarán sujetos a lo dispuesto por el TÃtulo Cuarto de esta Constitución.
ArtÃculo 73 XXIX-D
XXIX-D. Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, asà como en materia de información estadÃstica y geográfica de interés nacional;
Transitorios
Primero.- El Presente Decreto entrará en vigor al dÃa siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- En tanto se expide la Ley general a que se refiere el apartado B del ArtÃculo 26 de esta Constitución, continuará en vigor la Ley de Información EstadÃstica y Geográfica, y demás disposiciones legales y administrativas aplicables. Asimismo, subsistirán los nombramientos, poderes, mandatos, comisiones y, en general, las delegaciones y facultades concedidas a los servidores públicos del Instituto Nacional de EstadÃstica, GeografÃa e Informática.
Tercero.- A la entrada en vigor de la Ley a que se refiere el apartado B del ArtÃculo 26 de esta Constitución, los recursos financieros y materiales, asà como los trabajadores adscritos al Instituto Nacional de EstadÃstica, GeografÃa e Informática, órgano desconcentrado de la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público, se transferirán al organismo creado en los términos del presente Decreto. Los trabajadores que pasen a formar parte del nuevo organismo se seguirán rigiendo por el apartado B del ArtÃculo 123 de esta Constitución y de ninguna forma resultarán afectados en sus derechos laborales y de seguridad social.
Cuarto.- Conforme a las disposiciones aplicables, el régimen presupuestario del organismo creado en los términos del presente Decreto, deberá garantizar la libre administración, la no-transferencia y la suficiencia de recursos públicos. Lo anterior, a efecto de que el organismo esté en condiciones de dar cumplimiento a los planes y programas que formule en observancia de la Ley a que se refiere el apartado B del ArtÃculo 26 de esta Constitución.
Quinto.- Los asuntos que se encuentren en trámite o pendientes de resolución a la entrada en vigor de este decreto, se seguirán substanciando ante el Instituto Nacional de EstadÃstica, GeografÃa e Informática, y posteriormente ante el organismo creado en los términos del presente Decreto.
Sexto.- Dentro de los 180 dÃas naturales, posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión deberá emitir la Ley a la que se refiere el apartado B del ArtÃculo 26 de esta Constitución.
Séptimo.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.
[editar] Véase también
[editar] Enlaces externos
- Página oficial de INEGI
- Sección educativa de INEGI
- Información EstadÃstica
- Información Geográfica
- Mapa Digital de México
- Atlas Nacional Interactivo de México
- Visualizador de Ortofotos